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Cuánto le cuesta realmente un trabajador a tu empresa

«Le voy a pagar 24.000 al año.» Es la frase con la que empieza casi toda consulta sobre contratar. Y es el primer malentendido: 24.000 euros es lo que cobra la persona en bruto, no lo que te cuesta a ti. El coste real es bastante mayor, y conviene saberlo antes de firmar nada.

Los porcentajes que paga la empresa en 2026

Sobre la base de cotización, la empresa aporta estos conceptos. Los tipos están fijados en la Orden PJC/297/2026, publicada en el BOE de 31 de marzo de 2026.

ConceptoEmpresaTrabajadorTotal
Contingencias comunes23,60 %4,70 %28,30 %
Desempleo, contrato indefinido5,50 %1,55 %7,05 %
Desempleo, contrato temporal6,70 %1,60 %8,30 %
FOGASA0,20 %—0,20 %
Formación profesional0,60 %0,10 %0,70 %
MEI0,90 % repartido0,90 %

A esto se añade la cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, que no es un tipo fijo: depende de la actividad de la empresa según la tarifa de primas. Va desde poco más del 1 % en trabajos de oficina hasta porcentajes muy superiores en construcción o transporte.

Sumando todo, la aportación empresarial ronda el 31 % o el 33 % del salario, según la modalidad de contrato y el riesgo de la actividad.

Un ejemplo con números

Una persona con contrato indefinido y un salario bruto de 24.000 euros anuales, en una actividad de oficina.

  • Salario bruto: 24.000 €
  • Cotización empresarial, en torno al 31 %: unos 7.440 €
  • Coste anual aproximado: 31.440 €

Es decir, unos 2.620 euros al mes de coste real, cuando la persona percibe 2.000 brutos y bastante menos en neto tras su parte de cotización y la retención de IRPF.

La regla rápida para hacer cuentas de servilleta: multiplica el bruto por 1,31 o 1,33.

Lo que no aparece en ese cálculo

El coste de cotización es el grueso, pero no lo es todo. Hay partidas que se olvidan al presupuestar una contratación:

  • Prevención de riesgos laborales: el concierto con un servicio de prevención ajeno y los reconocimientos médicos.
  • Formación obligatoria que exija el puesto o el convenio.
  • Equipamiento: ordenador, herramientas, ropa de trabajo, equipos de protección.
  • Pluses y complementos de convenio: transporte, dietas, nocturnidad, disponibilidad.
  • Indemnización en su caso, si el contrato termina.
  • El coste de gestión de la nómina y los seguros sociales cada mes.

Dónde se puede ajustar de forma legal

No hay atajos, pero sí decisiones que cambian la cifra final:

La modalidad de contrato. El desempleo cuesta 1,2 puntos más en temporal que en indefinido. Sobre un salario medio no es una fortuna, pero en plantillas grandes se nota.

Las bonificaciones y reducciones. Según el colectivo al que pertenezca la persona contratada, pueden existir incentivos que reduzcan la cuota empresarial de forma sustancial. Es lo primero que revisamos antes de formalizar un contrato, porque después ya no se pueden aplicar con efecto retroactivo.

El encuadramiento correcto. El grupo de cotización y el epígrafe de la tarifa de primas de accidentes deben corresponder a la actividad real. Un encuadramiento incorrecto puede estar costándote dinero cada mes, o generándote una contingencia si es al revés.

En resumen

  • La empresa aporta en torno al 31–33 % sobre el salario, además del bruto.
  • Contingencias comunes, 23,60 %, es la partida más pesada con diferencia.
  • El desempleo es 1,2 puntos más caro en contratos temporales.
  • La cotización por accidentes depende de la actividad y no es un tipo fijo.
  • Regla rápida: bruto × 1,31 aproximadamente.
  • Las bonificaciones hay que estudiarlas antes de firmar, no después.

Si estás valorando una contratación y quieres el número real antes de decidir, cuéntanos el caso: te hacemos el cálculo con tu convenio y tu actividad, y te decimos qué bonificaciones podrías aplicar. Puedes ver también nuestro servicio de contratación y bonificaciones.

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